En el marco de la pandemia del nuevo coronavirus, las compras online han tenido un gran crecimiento. Sin embargo, se presentaron muchos casos de incumplimiento de plazos de entregas de productos.
De acuerdo con el Indecopi, quien sancionó a 13 empresas por no cumplir con la entrega de los productos a tiempo, hoy se vencía el plazo dispuesto para despachar los productos pendientes, cambiarlos por uno similar o devolver el dinero más intereses legales.
Según la Agencia Andina, la consultora legal de Niubox, firma de abogados pionera en asesoramiento Legal–Digital del Perú, comparte tres sanciones que pueden tener estas empresas de no cumplir con lo dispuesto.
1. Multas coercitivas por incumplimiento de mandato
Si las empresas incumplen la medida cautelar, Indecopi les puede imponer una multa coercitiva no menor de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), si es una microempresa.
En el caso de no serlo, la multa sería no menor de tres 3 UIT. Si el incumplimiento persiste, Indecopi puede duplicar sucesivamente las multas hasta el límite de 200 UIT.
2. Sanciones administrativas de hasta 450 UIT
Indecopi puede sancionar las acciones del proveedor que califiquen como una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor, con una amonestación y/o multas de hasta 450 UIT.
Para las infracciones leves, una amonestación o el pago de hasta 50 UIT; para infracciones graves, con una multa de hasta 150 UIT; e infracciones muy graves, con multas de hasta 450 UIT.
3. Medidas correctivas reparadoras y complementarias
Las medidas reparadoras buscan resarcir las consecuencias patrimoniales directas e inmediatas originadas por la infracción. Por ejemplo, entrega de producto con características similares, devolución de dinero, entre otros.
Las medidas complementarias persiguen revertir los efectos de la infracción o evitar que esta se repita en el futuro. Por ejemplo, publicación de avisos rectificatorios o, en caso de infracciones muy graves y de reincidencia, la clausura temporal del establecimiento, entre otros.