De acuerdo con la Ley N° 31396, publicada en la Edición Extraordinaria del Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano, se reconoce como experiencia laboral las prácticas preprofesionales y las prácticas profesionales realizadas por los estudiantes y egresados de las instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en las diversas instituciones públicas y privadas.
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Según la norma, las prácticas por un periodo no menor de tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la condición de egresado, son reconocidas como experiencia laboral. Con respecto a las prácticas profesionales se reconocerán aquellas que duren hasta un máximo de 24 meses calendario, bajo la modificación del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1401, el cual contemplaba una duración máxima de 12 meses.
De tal manera, las prácticas pre profesionales y su continuidad como prácticas profesionales, que son realizadas por un periodo no menor de tres meses, son reconocidas de manera acumulativa como experiencia laboral.
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— Infomercado (@infomercadoperu) January 19, 2022
Con esto, los estudiantes y egresados podrán acreditar este tiempo de prácticas para postular a un cargo en el sector público que requiera experiencia laboral previa.
La medida también aplicará en las empresas del sector privado, donde se reconocerá las prácticas como experiencia laboral siempre que estén debidamente acreditadas y según todos los criterios de contratación que se establezcan en la organización.
Asimismo, la nueva ley reconoce que los egresados de instituciones de educación superior, tanto universitaria como no universitaria, durante el periodo del 2019 al 2022 tienen la posibilidad de acreditar prácticas profesionales realizadas hasta veinticuatro meses después del levantamiento del estado de emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.