Para este 24 de diciembre se volverá a necesitar un pase laboral o vehicular para poder circular libremente y así no romper con lo establecido por el Gobierno.
Conoce en Infomercado dónde y cómo tramitar tu pase laboral vehicular para los trabajadores que laboran en actividades esenciales para los días 25, 31 de diciembre y 1 de enero.
¿Cuáles son las actividades esenciales?
Las actividades esenciales son aquellas referidas al tratamiento de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos, así como en servicios funerarios y de telecomunicaciones.
De la misma manera, se les considera como esenciales a las actividades de transporte de carga, mercancías y rubros conexos.
Además de vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de agentes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participen en operativos de control.
Esta exigencia también comprende al personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal y vehículos de los medios de comunicación, vehículos oficiales de transporte de salud, y automóviles particulares del Poder Legislativo y Ministerio Publico.
¿Cómo solicitar el pase laboral?
- Primero, ingresa en la página web del Ministerio de Interior habilitada para la solicitud del pase personal y el vehicular.
- Coloca tu número de DNI y fecha de emisión.
- Después, completa la información personal requerida, con los datos necesarios para poder circular.
- Luego, tienes que escoger el motivo por el cual necesitas el pase laboral.
- En la parte final de la ventana, completa la información de tu centro de trabajo, dónde estás realizando la labor, hasta dónde vas a ir.
- Para terminar, tienes que aceptar que la información brindada es verídica, y dale clic en “Solicitar”, con esto ya deberías estar acreditado para poder circular.
Multas
Los conductores que tramiten un pase vehicular y realicen una actividad distinta a la señalada en el documento serán multados con una multa de S/ 6,450 y se les retendrá su licencia de conducir.
Similar sanción se aplicará a quienes transiten con su vehículo particular durante los días de restricción, así como en el horario de inmovilización social obligatoria. (NP 242-2020).