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Opinión: Recuperando el control de los penales

Es urgente la creación por ley de un Régimen Nacional de Extrema Seguridad, aplicable exclusivamente a condenados por delitos de máxima gravedad.

Por Infomercado
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El Perú enfrenta una realidad que no admite ambigüedades ni dilaciones: las organizaciones criminales más violentas no solo operan en nuestras calles, sino que han convertido los penales en sus centros de comando. Extorsiones, sicariato y secuestros se coordinan a diario desde celdas que deberían ser espacios de neutralización del delito. Frente a este desafío, el Estado tiene no solo el derecho, sino el deber imperativo de actuar con la máxima firmeza.

Existe un mito extendido según el cual nuestra Constitución y los tratados internacionales impiden aplicar regímenes penitenciarios severos. Nada más lejos de la realidad. El marco constitucional peruano —interpretado correctamente y en armonía con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos— permite implementar condiciones de extrema seguridad para internos de alta peligrosidad. Lo que el derecho prohíbe no es la severidad, sino la crueldad; no es el aislamiento controlado, sino la incomunicación absoluta y la arbitrariedad.

La viabilidad constitucional del rigor

Hoy es perfectamente viable, y jurídicamente sostenible, establecer un régimen que contemple:

  • Celda individual permanente.
  • Prohibición absoluta de contacto con otros internos (evitando la «escuela del delito»).
  • Patio individual restringido al mínimo indispensable.
  • Visitas exclusivamente por locutorio, con periodicidad limitada y restringidas a familiares directos.
  • Intervención y monitoreo total de las comunicaciones.
  • Videovigilancia constante y bloqueo tecnológico integral.

Estas medidas, lejos de ser inconstitucionales, son herramientas legítimas de seguridad nacional y ciudadana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el Estado es el garante de los derechos de las personas bajo su custodia, lo que implica también el deber de evitar que desde los centros de reclusión se sigan vulnerando los derechos de la sociedad libre.

Lo inadmisible, y donde debemos trazar la línea roja, es el aislamiento absoluto indefinido sin revisión (que podría equipararse a tortura), la incomunicación con la defensa legal o la supresión total y permanente del contacto humano.

Hacia una reforma legislativa: orden y legalidad

Para ser realmente eficaces frente a los cabecillas criminales, no bastan las medidas administrativas del INPE; debemos avanzar legislativamente para blindar el sistema. Un régimen de esta naturaleza requiere una base legal sólida para no debilitarse ante los tribunales nacionales e internacionales.

Es urgente la creación por ley de un Régimen Nacional de Extrema Seguridad, aplicable exclusivamente a condenados por delitos de máxima gravedad: homicidio calificado, sicariato, secuestro agravado, terrorismo, extorsión agravada y crimen organizado. Esta clasificación no puede depender de la discrecionalidad administrativa; debe sustentarse en una declaratoria judicial obligatoria de alta peligrosidad.

La legitimidad de este régimen se garantiza mediante el control. Por ello, propongo una revisión judicial periódica obligatoria cada seis meses. Esto asegura que la permanencia en el régimen responda a la peligrosidad actual del interno y no se convierta en una pena perpetua encubierta, cumpliendo así con los estándares de proporcionalidad exigidos por el derecho internacional.

Tecnología y responsabilidad funcional

El «colador» de nuestros penales no es solo un problema de infraestructura, sino de corrupción y falta de tecnología certificada. Es imperativo implementar un bloqueo tecnológico obligatorio y certificado, pero acompañado de dientes legales: la tipificación agravada del delito de facilitación de comunicaciones ilegales y una responsabilidad penal agravada para los funcionarios que, por acción u omisión, permitan estas filtraciones.

Asimismo, la arquitectura penitenciaria debe evolucionar hacia la creación de módulos autónomos de aislamiento estructural, diseñados específicamente para impedir la comunicación cruzada, física o visual, entre los líderes de estas organizaciones.

Conclusión

La seguridad ciudadana exige orden. El orden exige ley. Y la ley exige límites claros. Podemos y debemos construir un régimen de máxima seguridad que se sitúe entre los más estrictos de América Latina, sin convertir el sistema penitenciario en un espacio de arbitrariedad.

La sociedad peruana merece protección. El Estado cuenta con las herramientas legales para brindarla. Solo falta la decisión política y la técnica legislativa adecuada para aplicar la mano dura dentro del guante del Estado de Derecho.

Por: Aurelio Pastor Valdivieso. Socio Principal de Aurelio Pastor & Abogados