El Gobierno oficializó este domingo 18 de mayo el reglamento de la Ley N° 32213, que extiende el proceso de formalización minera. La ley introduce nuevas disposiciones sobre el manejo del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Uno de los cambios más relevantes —y polémicos— es la posibilidad de transferir la inscripción del Reinfo por herencia.
¿Qué dice el nuevo reglamento sobre herencia en el Reinfo?
Según la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria, en caso de fallecimiento del titular de una inscripción en el Reinfo, esta podrá ser transferida a sus herederos. Esto sucede siempre que la sucesión esté inscrita en los Registros Públicos.
Además, si existen varios herederos, estos deberán constituir una persona jurídica integrada únicamente por ellos para continuar con el proceso de formalización minera.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) justificó esta medida señalando que busca “establecer un único responsable de los impactos generados por la actividad minera. Además, busca garantizar que se culmine el proceso de formalización”.
Especialistas cuestionan el alcance legal de la norma
El abogado César Ipenza, especialista en temas ambientales, cuestionó que esta medida no estaba contemplada en la Ley N° 32213. “En ningún momento la ley plantea mecanismos de transferencia de la titularidad del Reinfo. Lo que está haciendo este reglamento es excederse en ese mandato”, sostuvo.
Según Ipenza, este cambio podría tener implicancias graves para la temporalidad del proceso de formalización minera. Esto se debe a que “el riesgo es que el proceso, que es temporal, se convierta en heredable y se perpetúe en el tiempo”.
Otras medidas controvertidas del reglamento
El nuevo reglamento también reabre parcialmente el Reinfo. Lo hace al permitir, “por única vez”, que los mineros informales inscritos en una concesión puedan trasladarse a otra concesión distinta. Esta medida ya había sido aplicada en 2017 con el Decreto Legislativo 1336.
Sin embargo, se mantiene la prohibición de realizar actividades mineras en cuerpos de agua, áreas naturales protegidas o zonas de deforestación. No obstante, Ipenza advierte que el reglamento no refuerza los controles ni establece plazos para que los mineros cumplan con estándares ambientales, de seguridad o de respeto a las comunidades.
Creación del sistema SIPMMA excluye información clave
Otro punto sensible del reglamento es la creación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA). De acuerdo con Ipenza, este sistema excluye información relevante de entidades como la ANAo el SERNANP. Igualmente, limita el enfoque sobre bosques solo a los húmedos amazónicos. No considera otros tipos presentes en el país.
Congreso citará al ministro Montero por el reglamento de herencia en el Reinfo
La presidenta de la Comisión de Energía y Minas, Diana Gonzáles, solicitó con carácter de urgencia la presencia del ministro de Energía y Minas, Jorge Montero. Necesita que explique los alcances del reglamento.
En respuesta, el ministro se presentará este martes 20 ante el Congreso. Allí se espera que aclare los cuestionamientos y defienda la legalidad de las disposiciones emitidas.