El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ya ha establecido los criterios que se tendrán en cuenta a la hora de armar el padrón del grupo 2 de beneficiarios del Bono Alimentario.
Esto quiere decir que la fecha de pago será dentro de poco. A continuación, te contamos todo al respecto.
¿Cuando empezaría la entrega del segundo Bono Alimentario?
El bono empezaría a entregarse sí o sí este mes de septiembre.
“A partir de principios de setiembre vamos a llegar a más de 6 millones de personas con el bono alimentario. En estos momentos ya nos encontramos terminando el reglamento para aprobar los criterios de focalización que va a permitir que la población de extrema pobreza y pobre pueda ser identificada y asegurar que este bono llegue a los que más lo necesita”, dijo Julio Demartini Montes, Director General de Diseño y Articulación de Prestaciones Sociales del Midis.
¿Quiénes serán considerados en el padrón?
El Midis aún no oficializa el link del Bono Alimentario 2022, pero sí mencionó las condiciones que deben cumplir los beneficiarios del Grupo 2 para recibir el pago de S/ 270
- Mayores de edad que estén en el Registro Nacional para Medidas COVID-19
- Personas consideradas pobres o pobres extremos según el SISFHO
- Miembros de los Programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no estuvieron en el Grupo 1
- Hogares cuyos integrantes no estén en planilla pública y privadaFamilias con un ingreso mensual menor a S/1,025 soles.
Excluidos de subsidio alimentario
Por otra parte, el Midis señaló quiénes no podrán recibir el próximo subsidio del Estado:
- Aquellos ciudadanos/as que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades
- Servidores/as y candidatos/as a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República
- Algún integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros/as regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos/as y/o tenientes gobernadores.