¿Te ha pasado que estás apurado y recibes una llamada o mensaje de texto de alguna operadora que te ofrece productos y servicios? Eso ya se acabó, pues el miércoles 5 de septiembre, Martín Vizcarra emitió un decreto legislativo que prohíbe a las empresas realizar llamadas y enviar mensajes de texto para ofertar sus productos y servicios sin que haya una autorización previa.
“Están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que empleen centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo, a todos aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos bienes y servicios su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial”, dice el decreto legislativo publicado en el diario oficial El Peruano.
El decreto modifica la Ley del Código de Protección y Defensa del Consumidor en búsqueda de simplificar y acelerar los procedimientos administrativos sancionadores del Indecopi, así como sus mecanismos de prevención y solución de conflictos de consumo.
Esta ley se rige para todas las personas, a excepción de los que dan su consentimiento para recibir este tipo de llamadas y mensajes.
Para sustentar la medida, el Ejecutivo señaló que el “derecho de todo consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos implica que los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que impidan la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción y la influencia indebida o el dolo”.