Luego de que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) advirtiera de que el Decreto Legislativo (D.L) 1620, que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento en Perú, elevaría las tarifas de agua, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) salió a aclarar las proyecciones del regulador.
¿Subirán tarifas de agua?
Es importante resaltar que el D.L 1620 fue aprobado el 21 de diciembre de 2023. Por ello, Mauro Gutiérrez, presidente ejecutivo de Sunass, explicó que debido a que esta normativa establece que los criterios para el cálculo de la tarifa serán definidos por el MVCS y no por Sunass, las tarifas de agua en Perú podrían subir considerablemente en un plazo de dos años.
Por otro lado, en localidades como Cotahuasi, Arequipa, las tarifas podrían aumentar hasta ocho veces. En Casma Huarmey, Áncash, cinco veces. En Lima, el costo facturado por Sedapal pasaría de S/65 a S/128, un incremento del 97%, basado en un consumo mensual de 15 metros cúbicos de agua por una familia promedio.
Proyección de las tarifas
Por su parte, Max Carbajal, director general de Políticas y Regulación del MVCS, indicó que las estimaciones de Sunass son alarmantes porque reflejan la brecha general por cubrir en todo el país. Sin embargo, indicó que el aumento de tarifas no será inmediato.
Además, Carbajal desmintió las afirmaciones de Sunass de que el D.L 1620 y su reglamento, que está por ser aprobado, permitirían la intervención del MVCS en las funciones del regulador de agua.
Retraso tarifario
Actualmente, en Perú operan 50 Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), siendo la más importante Sedapal, en Lima. Según Carbajal, las estimaciones de Sunass deben interpretarse como un retraso en el cobro de tarifas de estas empresas estatales, que al regularizarse permitiría su sostenibilidad económica.
Por otro lado, Sunass expresó su preocupación por el impacto que el aumento de tarifas tendría en la población vulnerable, estimando que 300 mil personas podrían caer en la pobreza debido a este incremento.
En respuesta, Carbajal aseguró que la normativa vigente, el D.L 1620, protegerá a estas personas, pues cuentan con dos importantes beneficios: Mejora en la los subsidios cruzados focalizados y la introducción, por primera vez, de un subsidio inteligente.