Las actividades musicales retornarán. El Ministerio de Cultura (Mincul) aprobó el protocolo sanitario para el reinicio de estos eventos, como parte de la reactivación económica.
Las empresas o entidades del sector público y privado que ejecuten estas actividades tendrán que elaborar un “Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el Trabajo”.
Esto implica que las agrupaciones que reinicien actividades deberán implementar medidas para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19.
Conciertos pero sin público
Entre las actividades musicales permitidas están los ensayos, conciertos, preproducción y producción musical, captura, mezcla, masterización y actividades didácticas.
Las presentaciones musicales, como conciertos, podrán realizarse sin público y mediante transmisiones virtuales.
En el protocolo de cada empresa se deberá incluir la siguiente información:
- Razón social y RUC.
- Región, provincia, distrito, dirección de cada sede de la persona natural con negocio o persona jurídica.
- Representante legal y DNI.
- La nómina de trabajadores según el riesgo de exposición a COVID-19 por puesto de trabajo (muy alto, alto, mediano o bajo).
- Las características de vigilancia, prevención y control por riesgo de exposición al SARS-CoV-2.
Protocolos
Los responsables de que se cumpla lo establecido en el protocolo serán los productores generales, promotores, organizadores de eventos, artistas, técnicos y demás personal.
Una de las medidas de seguridad, señaladas en el protocolo, implica asegurar la disponibilidad de los equipos de protección personal e implementar las medidas para su uso correcto y obligatorio.
Asimismo, en los espacios en los que se realicen las actividades musicales se debe implementar señalética para comunicar las medidas y conductas requeridas.