El teletrabajo es una forma de prestación de labores de los trabajadores sujetos a cualquier tipo régimen laboral, caracterizada por el desempeño de labores sin la presencia física del trabajador. Por ello, el Perú se está elaborando una ley que ampare a este tipo de trabajadores.
En este contexto, el 1 de enero de 2023 culminó la etapa para que el proyecto del Reglamento de la Ley del Teletrabajo, Ley N° 31572, reciba aportes y comentarios de la sociedad civil. Esta versión prepublicada aún se encuentra sujeta a cambios y ajustes; y, una vez se publique, los empleadores tendrán un plazo de 60 días calendario para adecuarse a la nueva regulación.
Como consecuencia de este plazo, las empresas estarían implementando el reglamento de la Ley de Teletrabajo en el segundo trimestre del año, aproximadamente entre junio y julio, según Cristina Oviedo, abogada especialista en derecho laboral.
Asimismo, añadió que las empresas “deberían empezar a negociar desde ya, porque la ley ya está vigente, falta el reglamento».
Acuerdos entre empleador y empleado
En un desayuno en el que participó Infomercado, la abogada resaltó que desde «ahorita ya se podría entrar en negociación con los trabajadores, implementar una política en la empresa y realizar acuerdos sobre si se va a compensar o no”.
“Hay que considerar que el teletrabajo se puede implementar mediante acuerdos, y para ello tiene que haber voluntad de ambas partes, tanto del empleador como del trabajador. Si no están de acuerdo, deberían regresar a la presencialidad sin ningún problema. Esto no podría ser considerado como un acto de hostilidad o que va en contra de los derechos del trabajador, pero si deciden acoger la modalidad del teletrabajo se debe regular cuanto antes”, explica Oviedo.
Gastos de luz e internet en el teletrabajo
Según la Ley N°31572, no se obliga al empleador a asumir los gastos que derivan de los servicios de internet, luz y equipos de cómputo que utilice el trabajador.
Oviedo afirma que “la nueva versión del reglamento establece que el empleador puede pactar con el trabajador compensar o no los gastos, así cada quién asume lo que le corresponde”.