El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso una multa al Hotel Costa del Sol Wyndham Lima Aeropuerto por el uso no autorizado de fonogramas en los televisores instalados en sus habitaciones entre agosto de 2020 y diciembre de 2023, periodo durante el cual no realizó el pago correspondiente de derechos de comunicación pública a la Unión Peruana de Productores Fonográficos (UNIMPRO).
La sanción fue emitida por la Sala Especializada en Propiedad Intelectual (SPI) del Indecopi y asciende a 80.65 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/431,477, según la resolución N° 1962-2025/TPI-INDECOPI
Además, el hotel deberá abonar US$13,933.44 en remuneraciones devengadas a favor de UNIMPRO por el uso comercial de música sin autorización en sus 192 habitaciones.

Comunicación pública y recurrencia de infracción
El informe de Indecopi señala que los fonogramas utilizados a través de la programación de televisión por cable constituyen actos de comunicación pública, definición que responde al hecho de poner música registrada a disposición de los huéspedes como parte de los servicios del establecimiento.
La autoridad administrativa consideró además la existencia de una infracción previa de la misma naturaleza cometida por la cadena hotelera, lo que llevó a ordenar la inscripción de la sanción en el Registro de Infractores a la Legislación sobre Derecho de Autor.
Con este caso, Indecopi recuerda que el pago de derechos por el uso de música en espacios comerciales o de hospedaje está regulado por ley y que las entidades de gestión colectiva, como UNIMPRO, actúan en representación de los titulares de derechos fonográficos.
Contexto normativo
Según la legislación peruana sobre derecho de autor, la utilización de música grabada en ambientes públicos —incluidos hoteles, restaurantes y comercios— requiere la autorización previa de la entidad que gestiona esos derechos, además del pago de la remuneración correspondiente.
El incumplimiento genera sanciones económicas y administrativas proporcionales al periodo de infracción y al alcance del uso no autorizado.