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Indecopi sanciona a Mapfre con S/267,500 por excluir a adultos mayores de sus seguros de viaje

La aseguradora deberá pagar una multa de 15 UIT y desarrollar un nuevo seguro de viaje que incluya a personas mayores de 85 años.

Por Lourdes Chira
2 minutos
Mapfre e Indecopi
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La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Indecopi impuso a Mapfre Perú una multa de 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/267,500. La sanción se aplicó tras comprobar que Mapfre restringió la contratación de cinco seguros de viaje a mayores de 85 años sin sustento técnico.

Según la Resolución 2256-2025/SPC-Indecopi, la exclusión aplicada carecía de criterios objetivos y razonables, pues se basaba únicamente en la edad de los solicitantes. La Coordinadora Peruana de Defensa de los Derechos del Consumidor presentó la denuncia y advirtió sobre la práctica restrictiva.

“La aseguradora aplicó una restricción generalizada basada únicamente en la edad de los contratantes, vulnerando el derecho de los consumidores a no ser discriminados”, señaló Indecopi en un comunicado oficial.

Medida correctiva para el diseño de un nuevo seguro de viaje

Indecopi también dispuso una medida correctiva que obliga a Mapfre a elaborar un nuevo seguro de viaje que incluya a personas mayores de 85 años.

Además de la sanción económica, Indecopi ordenó a Mapfre elaborar un nuevo seguro de viaje que incluya expresamente a personas mayores de 85 años. La compañía deberá presentar la documentación correspondiente ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para su aprobación y posterior comercialización.

Mientras tanto, la aseguradora tendrá la obligación de reportar trimestralmente los avances a la Comisión de Protección del Consumidor N.°1 del Indecopi, hasta que el producto esté disponible en el mercado.

Indecopi explicó que estas disposiciones buscan garantizar que los consumidores puedan acceder a productos y servicios financieros en condiciones de igualdad, sin distinción por edad.

La decisión también establece un precedente para el mercado asegurador, al exigir que cualquier restricción aplicada por las compañías se sustente en evaluaciones técnicas objetivas y proporcionales.