Los menores que hayan perdido a su madre víctima de un feminicidio, recibirán una asistencia de S/ 600 bimestrales para contribuir a su protección social y desarrollo integral.
La Resolución Ministerial N° 019-2020-MIMP señala, además, que la subvención económica también incluye a aquellos con discapacidad moderada o severa que hayan dependido económicamente y estado bajo el cuidado de la víctima del feminicidio.
Esta resolución hace mención al Decreto de Urgencia N° 005-2020, el cual establece que esta asistencia económica es otorgada mediante Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (Aurora).
Asimismo, en el decreto se señala que dichas asistencia debe ser solicitada por la propia víctima indirecta, sus familiares o las autoridades administrativas o judiciales competentes, conforme al procedimiento y las condiciones que establezca el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 005-2020.
Otros beneficios
- Las víctimas indirectas de feminicidio estarán afiliados al Sistema Integral de Salud (SIS).
- El MIMP cubrirá de forma extraordinaria los gastos de sepelio de las víctimas de feminicidio.
- El MIMP realizarán un seguimiento y monitoreo para que las víctimas indirectas reciban el apoyo social, legal y sicológico requerido.