El conflicto en el Golfo Pérsico ha ocasionado el aumento de los costes de producción, el alza de la inflación y los temores a una recesión global.
La agresión de EEUU e Israel ha originado que Irán ataque objetivos militares estadounidenses en la región. Como respuesta, los Emiratos Árabes Unidos y otros países evalúan embargar los activos iraníes que se encuentran en su territorio (The Wall Street Journal 6.3.26)
Antiguamente, la respuesta militar fue la única medida aceptada por parte de los estados cuando su seguridad nacional era vulnerada; sin embargo, con el transcurrir del tiempo, la comunidad internacional ha establecido como principios generales la protección de los derechos humanos, la obligación de resolver pacíficamente las controversias, la prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza, entre otros (normas de ius cogens).
El quebrantamiento de estos principios origina la responsabilidad internacional del Estado y la obligación de reparar el daño causado
Entonces, ¿Qué otras opciones tienen los estados afectados por un acto ilícito cometido por otro Estado?
Una de ellas son las medidas administrativas o judiciales que permiten asegurar una eventual reparación, como el embargo de divisas, oro o títulos valores del banco central. La naturaleza de estas medidas no son punitivas y la disposición de estos activos está sujeta a una decisión arbitral o judicial en base al Derecho Internacional
Como hemos visto, la práctica ha reconocido alternativas para evitar que escale un conflicto internacional.
Queda pendiente conocer los criterios de los tribunales sobre los activos de Rusia, Siria, Venezuela y otros países sancionados