El Gobierno dispuso que el tiempo de paseo diario de los menores de 14 años sea extendido de 30 minutos a 1 hora.
Esta medida no implica paseos a los centros comerciales y similares, ni a lugares públicos cerrados o de aglomeración.
Así lo dispone el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM publicado el 26 de junio en el diario El Peruano, en el cual el Poder Ejecutivo dispone una cuarentena focalizada hasta el 31 de julio por el coronavirus.
Condiciones
Los menores de 14 años que deseen salir deben hacerlo acompañados de una persona mayor de edad que resida en el mismo domicilio.
Asimismo, el paseo no debe superar los 500 metros de distancia y se debe mantener una distancia social mínima de dos metros con otras personas.
Cabe resaltar que no está permitida la circulación de menores con síntomas o diagnóstico de la COVID-19.
Será necesario considerar las alertas sanitarias que emite el Ministerio de Salud sobre las zonas de mayor riesgo del coronavirus.
Grupo de riesgo
Las personas que forman parte de los grupos de riesgo, gestantes, diabéticos, hipertensos, entre otros, no podrán salir de sus domicilios.
Sin embargo, lo podrán hacer en el caso requieran de atención médica urgente; o para la adquisición de alimentos, medicinas o servicios financiero en caso no tengan a ninguna persona de apoyo para ello.
Asimismo, si necesitan cobrar algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o para la realización de un trámite que exija su presencia física.
Este grupo continuará realizando el trabajo en casa. En el caso deseen asistir voluntariamente a su centro de labores, se sujetan a las disposiciones que se han emitido para salvaguardar su salud.