El Juzgado Especializado en Extinción de Dominio de Lima declaró fundada en primera instancia, la demanda de extinción de dominio, interpuesta contra 50 kg de oro, valorizado en casi once millones de soles, que figuraban a nombre de la empresa Mining & Energy Solutions SAC, en el Expediente 00169-2019-0-5401-JR-ED-01.
Para lograr su cometido, la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Lavado de Activos interpuso una acción de amparo contra la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Esta sala había emitido una ejecutoria suprema que ordenaba devolver el oro a la empresa.
Según se lee en la sentencia, se declara infundada la excepción de cosa juzgada deducida por la defensa técnica de la empresa Aram Asset Management N.V. contra la demanda de extinción de dominio.
En contra posición, el Juzgado declaró fundada la demanda de extinción de dominio interpuesta por el fiscal provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Extención de Dominio de Lima contra la empresa Mining & Energy Solutions SAC.
Asimismo, se aclara que la extinción de dominio recaerá sobre 18 piezas de oro: diez lingotes, ocho planchas rectangulares y viruta metálica. Asimismo, se declaró “No ha lugar” al pedido de la empresa Aram Asset Management N.V. por ser considerado tercero de buena fe exenta de culpa.
Finalmente se dispone extinguir el dominio y todos los derechos que sobre los bienes referidos y se dispone su transferencia al Programa Nacional de Bienes Incautados para que actúe conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1373.
De esta manera, la Procuraduría Pública Especializada en delito de Lavado de Activos, vía Extinción de Dominio, ha participado en la recuperación de 194 kilos de oro a nivel nacional.