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Empresas tienen hasta el 30 de julio para devolver dinero o producto sino pagarán multas

Las empresas de comercio electrónico que no cumplan con la medida cautelar impuesta por Indecopi serán sancionadas con una multa de hasta S/860,000, lo que equivale a 200 UIT.
Por Betsabé Saavedra Publicado: Últ. actualización: 22 julio, 2020 17:55
2 minutos

Las empresas de comercio electrónico que no cumplan con la medida cautelar impuesta por Indecopi serán sancionadas con una multa de hasta S/860,000, lo que equivale a 200 UIT.

Las medidas impuestas por Indecopi consisten en que la empresa que no haya cumplido con entregar los productos solicitados y cuya fecha de entrega se encuentre vencida desde el 19 de julio, deben en un plazo de 10 días calendarios, entregar el producto no enviado o proceder a la devolución del dinero.

A ello, la secretaria técnica de la Comisión de Protección al Consumidor de Indecopi, Ángela Sevilla, señaló que el plazo vence este jueves 30 de julio.

Asimismo, en el caso las empresas no cumplan con la medida impuesta por Indecopi, se procederá a imponer una multa por incumplimiento de mandato y si se verifica que es de manera reiterada puede llegar hasta las 200 UIT.

10 días calendario

Las empresas involucradas, una vez culminado el plazo de 10 días calendario, tienen la obligación de comunicar al Indecopi y presentar la documentación que acredita que se ha cumplido con la medida cautelar.

Recordó que las personas todavía pueden presentar su reclamo por la no entrega de su producto.

“Si hay una restricción a la presentación de reclamos por parte de la empresa, inicia un proceso sancionador la multa también puede llegar a 450 UIT”, agregó.

Finalmente, resaltó que con esta medida buscan un llamado de atención a los proveedores para que optimicen su fecha de entrega con lo cual no deberían existir, en adelante, problemas respecto al entrega

13 compañías sancionadas

– Saga Falabella S.A. (Saga Falabella)

– Tiendas del Mejoramiento del Hogar (Sodimac)

– Homecenters Peruanos S.A. (Promart)

– Supermercados Peruanos S.A. (Plaza Vea)

– Conecta Retail Perú S.A. (Efe / Curacao)

– América Móvil Perú S.A.C. (Claro)

– Cencosud Retail Perú S.A. (Cencosud)

– Rash Perú S.A.C. (Coolbox)

– Entel Perú S.A. (Entel)

– Hipermercados Tottus S.A. (Tottus)

– Importaciones Hiraoka S.A. (Hiraoka)

– Tiendas Peruanas S.A. (Oechsle)

– Tiendas por Departamento Ripley S.A. (Ripley)

En el caso se determine la responsabilidad de estas empresas, se podría imponer una multa de S/1,935,000, lo que equivale a 450 UIT.

 

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Por Betsabé Saavedra