El Gobierno declaró el estado de emergencia en Lima y Callao, medida que rige desde las 2 a. m. hasta las 23:59 p. m. de este 5 de abril.
Ante ello, Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo, presentó un habeas corpus contra el presidente Pedro Castillo, el titular de la PCM, Aníbal Torres, el ministro de Defensa José Luis Gavidia, el ministro del Interior Alfonso chavarri y el ministro de Justicia, Felix Chero por el Decreto Supremo que autoriza la inmovilización social.
El alegato de Walter Gutiérrez se basa en que dichas autoridades antes mencionadas, vulneraron los derechos fundamentales a la libertad de tránsito y los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, que afecta a los ciudadanos de Lima y la provincia constitucional del Callao.
Con dichos argumentos solicitó dejar sin efecto dicha medida y exhortó además a que los demandados se abstengan en volver a incurrir en una medida de igual o similar naturaleza bajo responsabilidad.
En esa línea y horas antes de dicha demanda, la Defensoria del Pueblo emitió un comunicado en el que señalaron que la medida adoptada por el Ejecutivo es anticonstitucional por la ausencia de una debida motivación y por ser absolutamente desproporcionada en relación a los hechos de protesta social registrado en Lima y Callao.
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Derechos afectados
La defensoría del Pueblo hizo hincapié en que la orden de inamovilidad no toma en cuenta los severos impactos que causarán a las trabajadoras y los trabajadores del país.
Pues la mayoría laboran en condiciones de informalidad, razón por la que su derecho al trabajo se verá afectado al igual que otros derechos como a la alimentación, salud, educación.
Medida intempestiva
La defensoría además, asegura que la medida posee carácter intempestivo que viola, además, el deber de previsibilidad jurídica que todo Estado debe tener hacia la ciudadanía.
En esa línea, advierten que sus consecuencias serán aún más dañinas y generarán alarma en la población en unas circunstancias en las que se necesita calma y serenidad para resolver el conflicto generado a raíz de las demandas de los transportistas y los agricultores.
Por otro lado, recalcan que los estados de emergencia no son mecanismos que se usen para gestionar conflictos sociales. No obstante sí, los procesos de diálogo que el propio gobierno ha propiciado y cuyo compromiso de reunirse con los gremios en conflicto está aún pendiente.
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Finalmente, la Defensoría del Pueblo afirmó enfáticamente que el Poder Ejecutivo debe dejar sin efecto la medida de forma inmediata.