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Bono Alimentario 270 soles LINK: ¿cuánto debe ser tu sueldo para ser beneficiario?

Bono Alimentario de 270 soles: Conoce aquí quiénes son los beneficiarios y de cuánto debe ser tu sueldo para recibirlo.
Por Jennifer Morote
2 minutos
Bono Alimentario 270 soles

Este mes de setiembre se comenzará con el pago del segundo Bono Alimentario, el cual tiene un valor de 270 soles.

Si bien aún no se cuenta con un padrón de beneficiarios listo, ya se han alcanzado algunos de los criterios que se tendrán en cuenta al construirlo.

A continuación, te contamos que sueldo límite se exige a los beneficiarios y más detalles específicos.

¿Cuánto debe ser mi sueldo para recibir el Bono Alimentario de 270 soles?

Entre los beneficiarios del segundo se encuentran los hogares cuyos integrantes no se encuentran registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.

Se ha establecido que el ingreso mensual de estas familias no debe superar los S/1025.00.

¿Quiénes serán los demás beneficiarios del segundo subsidio?

Se incluirá también a las personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19. Deberán ser considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis.

Asimismo, las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley n.° 31538.

¿Quiénes quedan excluidos?

No se tomará en cuenta a aquellos ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores/as y candidatos/as a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República.

Queda excluido cualquier integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros/as regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos/as y/o tenientes gobernadores.