El Gobierno autorizó el retiro del 100% de la CTS hasta diciembre de 2026, medida que permitirá a los trabajadores formales disponer libremente de sus fondos, en una o varias operaciones, para enfrentar la actual coyuntura económica.
Retiro del 100% hasta diciembre de 2026
La ley oficializada por el Ejecutivo permite a todos los trabajadores formales retirar la totalidad de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) acumulada en el sistema financiero.
El beneficio estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026, y puede ejecutarse en una sola operación o en varias, según la decisión de cada trabajador.
Además, la norma actualiza el artículo 42 de la ley de CTS, permitiendo que, en condiciones normales, se retiren hasta el 50% de los depósitos e intereses acumulados.
¿Quiénes son los beneficiarios?
El depósito de CTS corresponde a trabajadores formales del sector privado que:
- Cumplan una jornada mínima de cuatro horas diarias.
- Hayan trabajado al menos un mes completo dentro del semestre.
En las empresas grandes y medianas, el cálculo incluye la remuneración mensual y una sexta parte de la gratificación. En las pequeñas empresas inscritas en el Remype, la CTS equivale a 15 remuneraciones diarias por año de servicio, con un máximo de 90.
También, el personal del hogar y los trabajadores del régimen agrario, reciben este beneficio ajustado a sus condiciones laborales.
Cómo calcular la CTS
El monto de la CTS se determina considerando la remuneración mensual del trabajador, una sexta parte de la gratificación y la asignación familiar (si corresponde). En promedio, representa medio sueldo por cada semestre trabajado.
La fórmula general divide esa base entre 12 y la multiplica por los meses efectivamente trabajados. Si el empleado no completó el semestre, el cálculo se ajusta proporcionalmente.
Ejemplo práctico:
- Sueldo mensual: S/3,000
- Gratificación: S/3,000 → 1/6 = S/500
- Semestre completo (6 meses):
- CTS = (3,000 + 500) × (6 / 12)
- CTS = 3,500 × 0.5 = S/1,750
- CTS = (3,000 + 500) × (6 / 12)
Montos referenciales:
- S/1,130 → S/659,16
- S/1,500 → S/875
- S/2,000 → S/1,166,67
- S/3,000 → S/1,750
Si el trabajador no completó el semestre, el monto se calcula de manera proporcional al tiempo laborado. En el caso del régimen de micro y pequeñas empresas, la CTS se calcula de manera proporcional, aplicando la mitad del beneficio, conforme al marco legal especial.
Fechas de depósito en este año
La CTS se deposita dos veces al año, correspondiente al semestre trabajado desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre. Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para cumplir con el depósito, o el primer día hábil siguiente si la fecha coincide con un feriado. Recordemos que la primera armada fue el 15 de mayo y la segunda armada será hasta el 15 de noviembre.
Este beneficio aplica a los trabajadores del sector privado sujetos al régimen laboral general, siempre que hayan laborado al menos un mes durante el semestre y cumplan una jornada mínima de cuatro horas diarias.
A partir de 2027, el retiro total solo se permitirá en casos de enfermedad grave o terminal, aunque una propuesta legislativa busca incluir afecciones raras dentro de las causales de acceso anticipado.
Qué hacer si no te depositan a tiempo
Este beneficio busca garantizar que los trabajadores cuenten con un respaldo económico ante un eventual cese laboral.
Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el incumplimiento de este pago constituye una infracción grave, que puede generar multas de hasta S/139,742, dependiendo del tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, esto de acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima.
Esta disposición busca brindar liquidez a los hogares peruanos en un contexto de desaceleración económica y elevado costo de vida. Aunque la CTS fue diseñada como un fondo de respaldo ante el desempleo, el Gobierno permitirá su retiro total hasta 2026 para dinamizar el consumo y aliviar el impacto económico de las familias.