La nueva sentencia casatoria número 7275-2021 significaría una cantidad mayor de cobros en casos de procesos iniciados antes del 2018.
La sentencia indica que le plazo para cobrar los tributos aduaneros se deben aplicar lo dispuesto en el Código Tributario (CT), más no, lo que señala la Ley General de Aduanas. Esta ley indica que la Sunat solo tiene un plazo de cuatro años para cobrar la deuda, mientras que el CT, cuenta con cuatro años para determinar la deuda y otros cuatro años más para cobrarla.
Según los expertos, este Código Tributario es una «interpretación retroactiva», es decir, cuando infringe o destruye derechos de amparo de otra ley anterior.
Katarzyna Dunin-Borkowki, directora en Pricewterhouse Coopers, indicó para Gestión: « Existe un gran numero de casos en la Corte Suprema que se verán afectados por el pronunciamiento y esto es lo que más se discute en la Suprema».
¿Cuál es la solución?
Esta sentencia ha provocado una gran controversia puesto que, según lo establecido en la Ley General de Aduanas, solo se debe acudir al CT cuando la misma ley no considera el tema en especificó.
«La prescripción es un derecho que hace que la persecución de la administración no sea eterna. Si ahora resulta que se va a aplicar un criterio que se impuso años después a casos anteriores, la sentencia va más allá de lo que la norma decía, acto que puede resultar inconstitucional«, indicó para el diario en mención Jorge Picón, socio del estudio Picón.