La Resolución Ministerial N°1776-2002-SA/DM del Ministerio de Salud indica que en la relación de razas de perros potencialmente peligrosos figuran:
- El Pit Bull Terrier
- Dogo Argentino
- Fila Brasilero
- Tosa Japonesa
- Bul Mastiff
- Doberman
- Rottweiler
Debido a ello, los dueños de estos canes deberán pasar por atención psicológica según establece la Ley N° 27596 “Ley que regula el Jurídico de Canes”, vigente desde diciembre del 2001.
Además, si el perro ocasiona daños a otro animal, el dueño deberá encargarse de correr con todos los gast0s que se requieran.
En caso de que el animal no resista y muera, se le deberá pagar al dueño perjudicado una indemnización equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Asimismo, se impondrá una multa de s/.4400 a los dueños de perros peligrosos, si es que tienen a sus mascotas paseando sin bozal.
Para ello, se tendrá en cuenta el su peso, tamaño, características físicas y agresividad del can y si quien lo está conduciendo no cuente con la licencia para su tenencia.