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Congreso aprueba derechos laborales para CAS: CTS y gratificación avanzan

La Comisión de Trabajo aprobó otorgar CTS y gratificación a trabajadores CAS. La medida busca equiparar beneficios con el sector privado y espera aprobación del Pleno.

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La Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso ha aprobado el dictamen que reconoce derechos laborales clave como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y la gratificación para los servidores públicos contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, es decir, los trabajadores bajo Contrato Administrativo de Servicios (CAS).

¿Cuáles serán los beneficios para los que obtienen gratificación y CTS

El dictamen busca corregir una brecha normativa que generaba un trato desigual hacia los trabajadores CAS frente a otros regímenes laborales del sector público. Para ello, se plantea modificar los artículos 3, 5 y 6 del Decreto Legislativo 1057, que regula este régimen especial de contratación.

Por ello entre los beneficios más relevantes figuran:

  • Gratificación por Fiestas Patrias y Navidad: Equivalente a una remuneración mensual, más similar a la gratificación del sector privado que al beneficio del sector público
  • Compensación por Tiempo de Servicios (CTS): Se calculará como base el 100% de la remuneración mensual. Pero el pago de la CTS será cancelatorio y solo se efectiviza a la culminación del vínculo del servidor con la entidad.

¿Qué cambios se proponen en la duración de los contratos CAS?

El dictamen a partir de esta propuesta, el contrato administrativo de servicios redefine las modalidades de contratación CAS bajo tres esquemas principales:

  • Plazo indefinido: Aplica tras un concurso público de méritos, para cubrir puestos permanentes.
  • Plazo determinado: Se emplea en casos de reemplazos, proyectos específicos. Donde tendrán una duración máxima de un año fiscal, con posibilidad de renovación anual hasta por cinco años, siempre que se mantenga la necesidad y exista disponibilidad presupuestaria.
  • Por confianza: Realizar actividades en un entorno directo con los funcionarios o directivos públicos a cuya permanencia está condicionada. Ingresa sin concurso público de méritos, pero sujeto a la acreditación de los requisitos mínimos del puesto.

Por ello, se añade que la duración de los contratos CAS a plazo determinado no podrán exceder el periodo correspondiente al año fiscal vigente. Su renovación estará sujeta a la persistencia del motivo de contratación y a la existencia de recursos