El Congreso aprobó el texto sustitutorio que propone extender durante tres años los beneficiarios tributarios para la industria editorial. Estas disposiciones están incluidas en la Ley del Libro.
Las votaciones quedaron con 124 votos a favor, 0 votos en contra y 0 abstenciones.
Cabe indicar que la norma actual solo tenía vigencia hasta el jueves 15 de octubre.
Según RPP Noticias tuvo acceso al texto final que trabajó la comisión de Economía y Cultura. Estos son los beneficios:
Exoneración del IGV
La importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines están exonerados del impuesto General a las Ventas.
El presente artículo rige a partir del día siguiente de la publicación y tiene plazo de vigencia de 3 años.
Reintegro Tributario del IGV
Tendrán el derecho al reintegro tributario equivalente al IGV consignado separadamente en los comprobantes de pago por un periodo de tres años, los editores de libros cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT.
El reintegro tributario se hará efectivo de acuerdo a lo que disponga el reglamento de la ley
Asimismo, la Sunat deberá publicar cada año en su portal institucional la relación de editores de libros que se hayan acogido al reintegro tributario. También el monto del reintegro tributario otorgado.