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Congreso aprueba ley sobre reprogramación y congelamiento de deudas

De acuerdo con los congresistas Anthony Novoa (Acción Popular) y José Luna Morales (Podemos), la propuesta aprobada por el pleno beneficiará a más de 7 millones de peruanos afectados por la crisis económica que ha generado la pandemia del coronavirus. 
Por Betsabé Saavedra Publicado: Últ. actualización: 3 octubre, 2020 17:27
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De acuerdo con los congresistas Anthony Novoa (Acción Popular) y José Luna Morales (Podemos), la propuesta aprobada por el pleno beneficiará a más de 7 millones de peruanos afectados por la crisis económica que ha generado la pandemia del coronavirus.

El texto sustitutorio fue consensuado luego de una reunión entre la ministra de Economía, María Antonieta Alva y los presidentes de las comisiones de Economía y de Defensa del Consumidor del Parlamento, Anthony Novoa y José Luna Morales, respectivamente.

Las dos comisiones aprobaron dictámenes que establecían prohibir cargos adicionales en los préstamos bancarios y la reprogramación extraordinaria del pago de los créditos.

En tanto, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de ley que aprueba el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la reprogramación de créditos de consumo, hipotecarios para vivienda y mypes.

Reprogramación

En el caso de la reprogramación de deudas, se crea el ‘programa de garantías COVID-19’, a cargo del Gobierno Nacional, por la suma de S/5,500 millones.

En el caso de los créditos de consumo y personales, el programa de garantías aplicará para quienes tengan deudas al 31 de agosto no mayores a S/10,000.

Para los créditos hipotecarios, el monto de origen no debe ser mayor a S/ 250,000.

Respecto a los créditos vehiculares, el monto de origen debe ser no mayor a los S/50,000. También se beneficiarán de la reprogramación las mypes que tengan un préstamo no mayor a S/20,000.

En la reprogramación, las entidades financieras deberán reducir la tasa de interés en hasta 25%, según la tasa de interés que paga el solicitante. La reprogramación se dará por un mínimo de seis meses y un máximo de 36 meses.

Congelamiento de deudas

El dictamen establece que las entidades financieras pueden establecer un periodo de congelamiento de 90 días, para créditos de consumo, personal, mypes y vehicular, de forma independiente al beneficio de reprogramación.

“El congelamiento solo podrá aplicar para los deudores que no han podido realizar ningún pago en los últimos tres meses antes de la publicación de la ley”, refiere el dictamen.

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Por Betsabé Saavedra