Bonos y Subsidios

Bono ONP agosto 2022: consulta si se está entregando algún subsidio especial para jubilados del Perú

Aquí te contamos los requisitos para cobrar el Bono ONP 2022.
Por Jordy Acevedo
3 minutos
Segundo Bono ONP 930 soles

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) se encarga de entregar el Bono ONP de reconocimiento para los pensionista que se cambiaron del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Conoce aquí cómo cobrar este subsidio en agosto de 2022.

¿Cómo solicitar el Bono ONP en agosto de 2022?

Para obtener el Bono ONP de reconocimiento en este mes de agosto de 2022, solo debes solicitarlo ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estás afiliado. Ellos contarán con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Tu AFP será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.

Asimismo, el monto máximo que podrás cobrar es de 60 mil soles.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Bono ONP 2022?

Para cobrar este beneficio solo debes ser exaportante del SNP y cumplas con los siguientes requisitos:

  • Bono 1992: haber estado afiliado al SNP con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en alguna AFP. Que sus aportes se  hayan realizado por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.
  • Bono 1996: haber estado afiliado al SNP y luego a una AFP desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.
  • Bono 2001: Que el aporte al SNP haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.
  • Bono 20530: Según la la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.

¿Cuándo podré retirar?

El pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:

  • Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
  • Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.