Seguramente ya has escuchado hablar sobre un nuevo Bono Independiente, autorizado por el Gobierno, para beneficiar a miles de trabajadores independientes que nunca han aportado a un sistema provisional.
Lo cierto es que a través del aseguramiento facultativo, la ONP permitirá que estos ciudadanos tengan una pensión y seguro de vida.
Hay que subrayar que esta medida será bastante ventajosa porque, al cumplir los 65 años, estos trabajadores no contarían con ningún respaldo económico. Con este beneficio tendrían opciones.
Por ello, la alternativa que ofrece a los trabajadores independientes, formales o no, es que puedan contar con los mismos derechos que los afiliados obligatorios, a través del aseguramiento facultativo.
¿Quiénes serán beneficiarios del Bono Independiente?
Para la incorporación facultativa al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), se exigirán los siguientes requisitos:
- No estar afiliado al Sistema Privado de Pensiones
- No pertenecer al Sistema Nacional de Pensiones como asegurado obligatorio
- No ser beneficiario de una pensión no contributiva (Contigo)
- No ser beneficiario de Pensión 65.
“Si el trabajador estuvo en planilla realizando aportes obligatorios y, en la actualidad, es un independiente no formal, puede seguir efectuando aportes facultativos. La ONP brinda la posibilidad de asegurar a todos los peruanos sin importar si emite o no recibo por honorarios”, detalló la institución previsional.
¿De qué consta este subsidio?
El Bono Independiente permitirá que los trabajadores accedan a una pensión de por vida, atención médica en EsSalud, una pensión en caso de discapacidad para el trabajo, bonificación automática al cumplir los 80 años y el servicio de pago a domicilio.
Además, en caso de muerte, estos beneficios se extienden a la cónyuge o conviviente, los hijos menores de edad, los hijos con discapacidad para el trabajo o los hijos mayores de edad con estudios continuos. De ser soltero/a los beneficiarios podrían ser los padres.
¿De cuánto será el aporte facultativo?
Según informó la ONP, el aporte facultativo será del 13% del ingreso mensual asegurable declarado por el afiliado, que no puede ser menor de una remuneración mínima vital (RMV) vigente en el período en el que se efectúa el aporte.
Recordemos que, a partir de mayo del 2022, la RMV es igual a 1025 soles y el monto mínimo de aporte es de 133 soles.