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Bono Extraordinario Navidad 2021 gob pe de 300 soles para el Sector Público: ¿cómo Consultar con DNI el link oficial de los beneficiarios?

El Gobierno, además del Bono Yanapay y el Bono 210 soles, entregará el Bono por navidad a trabajadores del Sector Público 2021.
Por Infomercado
2 minutos
bono navidad
Bono Navideño 2021 Link gob pe: Lista de beneficiarios del subsidio de 300 soles.

El Gobierno de Pedro Castillo realizará la entrega, por única vez, de un bono S/300 por Navidad. Cabe mencionar que esto corresponde solo a trabajadores del Sector Público.

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Bono Extraordinario por Navidad: ¿cuándo se abona?

El Decreto Supremo N° 358-2021-EF precisa que este subsidio tiene como objetivo promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público.

Cabe precisar que el bono 300 soles por Navidad se abonarán, por única vez, en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2021.

Bono Extraordinario Navidad 2021: REQUISITOS

La Norma establece que los beneficiarios del bono S/300 por Navidad deben cumplir de manera conjunta con las siguientes condiciones:

  • Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de noviembre del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres (03) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Bono 300 Navidad: ¿existe un link para consultar con DNI?

No existe un link de consulta oficial. Cabe precisar que el aguinaldo navideño 2021 se otorga a favor de:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley N° 29944 y Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
  • Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

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