Bonos y Subsidios

Bono Alimentario 2022, LINK: ¿Los usuarios de Juntos, Contigo y Pensión 65 también cobrarán 270 soles?

Verifica aquí quiénes son los beneficiarios de la segunda entrega del subsidio.
Por Jennifer Morote
2 minutos
Bono Alimentario de 270 soles

Los afiliados de los programas sociales Juntos, Contigo y Pensión 65 del Midis conformaron el primer padrón del Bono Alimentario, a quienes se les pagó progresivamente en agosto.

Ahora, le toca recibir el subsidio al segundo padrón, de ahí que los usuarios del Midis se pregunten si también lo recibirán.

A continuación, te contamos quiénes conforman el segundo grupo y si es verdad que han incluido a beneficiarios del primer padrón.

¿Los usuarios de Juntos, Contigo y Pensión 65 también cobrarán 270 soles del Bono Alimentario?

No específicamente. El bono se otorgará únicamente a las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que NO hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley n.° 31538. Es decir, a quienes no se les haya pagado el bono alimentario.

¿Quiénes serán los demás beneficiarios del segundo subsidio?

Se ha establecido que los potenciales beneficiarios serán las personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19. Deberán ser considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis.

Asimismo, los hogares cuyos integrantes no se encuentran registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa. Asimismo, cabe mencionar que el ingreso mensual de estas familias no debe superar los S/1025.00.

¿Quiénes quedan excluidos?

No se tomará en cuenta a aquellos ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores/as y candidatos/as a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República.

Queda excluido cualquier integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros/as regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos/as y/o tenientes gobernadores.