Bonos y Subsidios

Bono Alimentario 2022: este es el sueldo que debes ganar para recibir el subsidio económico

Verifica aquí si te tocará recibir los 270 soles.
Por Jennifer Morote
2 minutos
Bono Contigo, Juntos y Pensión 65

El Ejecutivo ya dió a conocer los criterios que se tendrán en cuenta para armar el segundo padrón de beneficiarios del Bono Alimentario, entre ellos el sueldo mínimo que se debe ganar.

A continuación, te contamos todos los detalles alcanzados por el Midis al respecto.

Recordemos que está subvención comenzaría a pagarse este mes de septiembre.

¿Cuánto debes ganar para recibir el Bono Alimentario de 270 soles?

Entre los beneficiarios del subsidio se encuentran los hogares cuyos integrantes no se encuentran registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa.

Para este grupo se ha establecido que el ingreso mensual de estas familias no debe superar los S/1025.00.

¿Qué otros requisitos se han establecido?

También accederán al Bono Alimentario:

  • Las personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19.
  • Quiénes sean considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis.
  • Las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley n.° 31538.

¿Quiénes quedan excluidos?

Quedan fuera del padrón del Bono Alimentario aquellos ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores/as y candidatos/as a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República.

Tampoco se considerará a ningún integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros/as regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos/as y/o tenientes gobernadores.