Bonos y Subsidios

Bono Alimentario 2, LINK: Consultar con DNI si seré beneficiario de los 270 soles

Verifica aquí si eres beneficiario y las fechas de pago.
Por Jennifer Morote
2 minutos
Bono Alimentario 2022

Tras haber culminado con el pago del primer Bono Alimentario, se empezará con el pago al grupo 2.

A continuación, te contamos quiénes están dentro de este padrón y cuándo se les pagará.

¿Cuándo se pagará?

Según el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), la segunda entrega del Bono Alimentario de 270 soles será en septiembre.

A partir de principios de setiembre vamos a llegar a más de 6 millones de personas con el bono alimentario. En estos momentos ya nos encontramos terminando el reglamento para aprobar los criterios de focalización que va a permitir que la población de extrema pobreza y pobre pueda ser identificada y asegurar que este bono llegue a los que más lo necesita”, dijo Julio Demartini Montes, Director General de Diseño y Articulación de Prestaciones Sociales del Midis.

¿Cómo saber si recibiré el Bono Alimentario 2?

Aún no está listo el padrón de beneficiarios. Sin embargo se sabe que:

Los potenciales beneficiarios serán las personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19. Deberán ser considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis.

Así también, las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley n.° 31538.

En los beneficiarios se incorporan los hogares cuyos integrantes no se encuentran registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa. Asimismo, cabe mencionar que el ingreso mensual de estas familias no debe superar los S/1025.00.

¿Quiénes quedan excluidos?

No se tomará en cuenta a aquellos ciudadanos que forman parte de hogares con algún integrante en la base de datos de las declaraciones juradas de intereses de autoridades, servidores/as y candidatos/as a cargos públicos administrada por la Contraloría General de la República.

Queda excluido cualquier integrante con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores municipales, gobernadores regionales, consejeros/as regionales, vicegobernadores regionales, prefectos/as, subprefectos/as y/o tenientes gobernadores.