Bonos y Subsidios

Bono 270 soles, 350 soles y Wanuchay: ¿quiénes lo pueden cobrar HOY 14 de septiembre con su DNI?

Verifica aquí si eres beneficiario y las fechas de pago.
Por Jennifer Morote
2 minutos
Bono 270 soles, 350 soles y Wanuchay

El segundo subsidio alimentario de 270 soles, el Bono Yanapay y el Wanuchay son tres ayudas económicas autorizadas por el Gobierno para aliviar la economía de las poblaciones vulnerables.

A continuación te contamos quiénes podrán cobrarlos hoy 14 de septiembre.

¿Quiénes acceden al Bono Yanapay?

Ya no existe un link de consulta, sin embargo, se sabe que todos los que cumplieron con los siguientes requisitos fueron beneficiarios:

  • Estar en situación de pobreza o pobreza extrema, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh).
  • Pertenecer al programa Juntos, Pensión 65 o Contigo.
  • No estar registrado en la planilla pública o privada, excepto pensionistas y practicantes.
  • Tener un ingreso menor a S/ 3000 al mes por hogar.

De cualquier forma, en este mes de septiembre ya no se están realizando pagos, solo podrán cobrar con DNI aquellos beneficiarios que activaron su cuenta DNI antes del 30 de junio de 2022, última fecha de entrega del bono en el Banco de la Nación.

¿Puedes cobrar el Bono Wanuchay?

Acceden todos los beneficiarios que figuren como tales en ESTE ENLACE.

En el caso seas beneficiario, puedes cobrarlo hasta el 31 de diciembre de 2022 en cualquier Banco de la Nación.

¿Y el subsidio alimentario?

Este se paga a padrones de beneficiarios. Al primer grupo de beneficiarios se le pago de manera progresiva en agosto, mientras que este mes de setiembre lo recibirá el segundo padrón.

Aún no se ha terminado con esta lista. Sin embargo, ya se sabe cuáles son los criterios para la elección de beneficiarios:

  • Se ha establecido que los potenciales beneficiarios serán las personas mayores de edad que se encuentren en el Registro Nacional para medidas COVID-19. Deberán ser considerados como pobres o pobres extremos, según el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) del Midis.
  • Así también, las personas miembros de los hogares de los programas Juntos, Contigo y Pensión 65 que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley n.° 31538.
  • En los beneficiarios se incorporan los hogares cuyos integrantes no se encuentran registrados en planilla pública y privada, exceptuándose a los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa. Asimismo, cabe mencionar que el ingreso mensual de estas familias no debe superar los S/1025.00.