Fanny Montellano, directora de la Dirección General de Promoción del Empleo del MTPE, brindó información sobre el Bono 210 soles que entregará el Gobierno de Pedro Castillo.
Montellano explicó que, en el sector privado, habrá tres modalidades de pago: depósito en cuenta de cualquier institución bancaria, que será el más numeroso; cuenta DNI en el Banco de la Nación, en aquellos trabajadores que no tengan cuenta bancaria, y pago directo en ventanilla.
Recordó que se trata de un bono extraordinario, que será dado por una sola vez, y que el tiempo para pagarlo es hasta marzo del próximo año.
Beneficiará a 3 millones de trabajadores en el sector privado, y a 250,000 trabajadores del sector público sin importar el régimen, sea el 276, 728 o CAS.
Los requisitos son haber laborado en los meses de junio, agosto o setiembre y no pertenecer a las modalidades formativas laborales, como practicantes o pensionistas, pues estos ya se benefician de Yanapay.
La representante del MTPE señaló que este bono contribuirá con la reactivación económica y paliará los efectos negativos que trajo la pandemia a los trabajadores vulnerables.
Consulta Bono 210: ¿Cuál es el LINK oficial?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha brindado un aplicativo virtual para consultar si te encuentras en planilla. Se debe seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al link siguiente enlace.
- Completa la información solicitada sobre el trabajador.
- Recuerda que también debes colocar el RUC, la fecha de tu ingreso laboral y la ubicación de la empresa donde trabajas en la actualidad.
- Finalmente, debes ingresar el código Captcha.
- Ya podrás conocer si te encuentras en planilla.
Bono 210 soles: requisitos oficiales
El Decreto de Urgencia N°105-2021 indica que uno de los requisitos principales para acceder al apoyo económico es tener ingresos de máximo S/ 2,000 mensuales.
Si son del sector privado, el empleado deberá figurar registrado, debidamente con su DNI, en la planilla electrónica de una empresa durante los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
Mientras que si son del sector público, los trabajadores deben estar contratados bajo los Decretos Legislativos N° 276, N° 728, N° 1057, y de la Ley N° 30057 y Ley del Servicio Civil.
Además, estos empleados del Estado deberán estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) en octubre.