A partir del 1 de agosto de acuerdo a la que regula el plástico de un solo uso en el país; supermercados, tiendas o cualquier otro tipo de establecimiento comercial deberán cobrar S/0.10 obligatoriamente por cada bolsa.
Sin embargo, desde aquel fecha haciendo sus compras en el supermercado ha podido darse cuenta que el supermercado no cobra por todas las bolsas plásticas del establecimiento.
Sigue habiendo plástico en la zona de carnes, embutidos o, están puestas a disposición del cliente en la zona de frutas y verduras, sin precio alguno.
En el reglamento de la Ley del Impuesto al consumo de las bolsas de plástico publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se puntualizan las excepciones en las que no es obligatorio que los negocios cobren por las bolsas.
- Para contener y conservar alimentos a granel, alimentos de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados.
- Cuando el uso de la bolsa se destine a la limpieza, higiene o salud, conforme a las normas aplicables sobre la materia.
- Si las bolsas de plástico, ya sean producidas en el país o importadas, cuentan con tecnología que asegure la biodegradación de las mismas. Cabe destacar que deberán tener un certificado de biodegradabilidad u otro documento similar emitido por un laboratorio acreditado.
- Para la disposición de residuos, o cuando son necesarias por razones de higiene o salud, de conformidad con las normas sanitarias.