El Banco de Crédito del Perú (BCP) señaló hoy que los clientes que fueron afectados por la vulneración de sus datos no sufrieron riesgo en sus ahorros o claves personales.
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, emitió un pronunciamiento en primera instancia sancionando al Banco de Crédito del Perú (BCP) con una multa ascendente a 166,000 soles (40 UIT) por no garantizar la confidencialidad de los datos personales de sus clientes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17° de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP).
Según nota de prensa de la entidad, la sanción al BCP se fundamenta en la utilización de un sistema que no tenía implementadas las medidas de seguridad adecuadas para el almacenamiento de datos personales.
Al respecto, la entidad bancaria indicó que se trata de un pronunciamiento en primera instancia a partir de un proceso sancionador contra el BCP que aún no ha culminado.
“La ANPD hace referencia a un incidente que ocurrió hace más de dos años y que afectó algunos datos relacionados a un grupo de clientes”, indicó el banco.
Asimismo, señaló que fue el propio BCP que comunicó oportunamente del hecho a las autoridades de manera proactiva, incluyendo a la ANPD, de acuerdo con la normativa vigente y en completa colaboración con las investigaciones.
“Dicho incidente no puso en riesgo los ahorros ni las claves de seguridad de este grupo de clientes, que se encontraban y se encuentran debidamente protegidos. Incluso la misma ANPD reconoce en la resolución de esta primera instancia que “no se evidencia un perjuicio económico resultante”, explicó la entidad financiera.
Además de ello, señaló que el BCP comunicó también de manera proactiva a sus clientes afectados sobre lo que había ocurrido, a través de diversos canales, y les expresó con claridad que el banco asumiría los riesgos de este incidente.
Fuente: Andina