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A partir de hoy es obligatorio presentar carné de vacunación para ingresar a espacios públicos

El Gobierno publicó el Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la covid-19 en espacios cerrados a partir de este viernes 10 de diciembre. La medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.

Por Infomercado
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Mayores de 50 años deberán presentar carné de vacunación para entrar a espacios cerrados

El Gobierno publicó el Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la covid-19 en espacios cerrados a partir de este viernes 10 de diciembre.

El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.

Con ello, en primer lugar, se establece que desde el 10 de diciembre, sin importar el nivel de alerta de las provincias, los mayores de 18 años que deseen ingresar a locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú o el extranjero, su esquema de vacunación contra el coronavirus.

Agrega que los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados sólo al momento de ingerir los alimentos.

El mismo Decreto Supremo, que estará vigente hasta el 2 de enero.

Lugares donde deberás presentar tu carné de vacunación:

  1. Centros comerciales
  2. Galerías comerciales
  3. Tiendas por departamento
  4. Tiendas en general
  5. Conglomerados comerciales
  6. Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad
  7. Supermercados
  8. Mercados
  9. Bodegas
  10. Farmacias.
  11. Restaurantes y afines.
  12. Casinos
  13. Tragamonedas.
  14. Cines y artes escénicas.
  15. Bancos y otras entidades financieras.
  16. Templos y lugares de culto.
  17. Bibliotecas
  18. Museos
  19. Centros culturales
  20. Galerías de arte.
  21. Actividades de clubes
  22. Asociaciones deportivas.
  23. Eventos empresariales y profesionales.
  24. Peluquería
  25. Barberia.
  26. Spa
  27. Baños turcos
  28. Sauna
  29. Baños termales.
  30. Coliseos.
  31. Gimnasios.

Trabajo y transporte

El decreto supremo determina que los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery) solo podrán operar si acreditan haber recibido su esquema completo de vacunación.

Y también se establece que los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación. Se especifica que en su defecto, se puede presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.

Asimismo, toda persona que realice actividad laboral presencial, deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra el covid-19, en la misma línea, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero