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Sunat fija requerimientos para acceder a la devolución de IGV para turistas extranjeros

El beneficio se brindará de forma exclusiva a los comercios que se inscriban en el Registro de Establecimientos Autorizados (REA).
Por Kathia Guevara Cruz
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La Sunat precisó que se devolverá el Impuesto General a las Ventas (IGV) a turistas extranjeros previa inscripción en el Registro de Establecimientos Autorizados (REA). Esta medida busca incentivar el turismo y promover el comercio en el país.

Según la Sunat, las empresas interesadas en acceder al procedimiento de devolución del IGV deben inscribirse en el REA. Esto aplica especialmente a las compañías dedicadas a la venta de textiles, calzados y joyerías, las cuales podrán ser consideradas establecimientos autorizados (EA) para la venta de sus productos a turistas extranjeros.

¿Cómo solicitar la devolución del IGV?

Para solicitar la devolución del IGV, los turistas deberán haber estado en el Perú por un período no menor a dos ni mayor de 60 días calendario. Una vez que el turista adquiere los bienes que dan derecho a la devolución del impuesto, recibirá una factura electrónica y la constancia tax free del establecimiento autorizado.

Es importante destacar que solo los establecimientos inscritos en el REA podrán vender bienes que califiquen para la devolución del IGV a los turistas extranjeros. Esto garantiza la transparencia y legalidad del proceso.

Además, las empresas inscritas en el REA deben estar afiliadas a una entidad colaboradora designada por la Sunat. Esta entidad será la encargada de realizar la devolución del IGV al turista una vez que este regrese a su país de origen.

Es importante destacar que esta medida está sujeta a los lineamientos y regulaciones establecidos por la Sunat. Los turistas interesados en acceder a la devolución del IGV deben informarse adecuadamente sobre los requisitos y procedimientos necesarios para obtener este beneficio durante su visita al Perú.