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¿Cuándo será el próximo feriado largo en Perú?

Después de disfrutar un buen fin de semana en Halloween, descubre cuándo será el próximo feriado largo en Perú.
Por Eduardo Sotomayor
2 minutos

A finales de octubre, algunos peruanos pudieron disfrutar de un fin de semana largo. Esto debido a que el lunes 31 de octubre fue día no laborable y el martes 1 de noviembre, feriado nacional por el Día de Todos los Santos. Ante ello, muchos se preguntan si en el año quedan feriados largos para poder disfrutar.

Próximo feriado largo en Perú

El próximo feriado largo será en diciembre. Este será compuesto por un día feriado, un día no laborable y un fin de semana. Especificamente estamos hablando del período que va entre el jueves 8 al domingo 11 de diciembre. El 8 se celebra el Día de la Inmaculada Concepción, mientras que el viernes 9 se conmemora la Batalla de Ayacucho, siendo declarado como feriado no laborable por el gobierno.

Te dejamos los demás feriados y días no laborables para que puedas planear tus fines de semana largos:

  • Jueves 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción
  • Viernes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho (no laborable sector público)
  • Domingo 25 de diciembre: Navidad
  • Lunes 26 de diciembre: día no laborable sector público
  • Viernes 30 de diciembre: día no laborable sector público.

Como se puede ver, hay dos días no laborables que configuran fines de semana largos. Si tienes la facultad de no trabajar estos días, te recomendamos que hagas un plan para disfrutar sea solo o en familia.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo esos días?

De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, los trabajadores que laboren en esta fecha deberán recibir un un pago triple. Ten en cuenta estos conceptos, en los cuales se traduce tu salario triple:

  • Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario que percibes normalmente.
  • Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
  • Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.

En tanto, para quienes trabajen en los días no laborables no les corresponde una remuneración adicional, tal y como sí ocurre con los feriados.