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¿Cómo postular al Bono Renta Joven 2022? Consulta el link oficial del Gobierno peruano

Aquí te contamos cómo acceder a este beneficio del Estado peruano.
Por Jordy Acevedo
2 minutos
Bono Renta Joven 2022

El Ministerio de Vivienda otorga el Bono Renta Joven 2022 para ciudadanos entre 18 y 40 años de edad que necesiten adquirir una vivienda propia. Aquí te contamos cómo postular y cuál es el link oficial para que realices la consulta respectiva.

El Bono Renta Joven 2022 es un subsidio de S/ 500 y se paga mensual durante cinco años. Para postular solo debes estar atento al lanzamiento de una nueva convocotaria del Ministerio de Vivienda.

Estas convocatorias se publican a través de una resolución ministerial en El Diario OFicial El Peruano. Además, podrás revisar las convocatorias vigentes en ESTE LINK.

¿Cómo se distribuye el Bono Renta Joven 2022?

El Bono Renta Joven equivale a S/ 500.00, es otorgado durante cinco años y se divide en dos partes:

  • Un 70% para ayudar a pagar el alquiler del inmueble actual en el que viven los jóvenes.
  • Un 30% destinado al ahorro para el futuro pago de la inicial de una vivienda en Techo Propio o Mivivienda.

¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar este subsidio?

Solo debes cumplir las siguientes condiciones para acceder al subsidio del Estado:

  • Debes conformar un grupo familiar (GF) o un grupo de no dependientes (GND), representado cada uno por una jefatura.
  • – Un GF está integrado por al menos dos personas que viven juntas, con parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos, nietos) o primero de afinidad (suegros, yernos, nueras), o por una pareja casada o de convivientes sin impedimento para casarse.
  • – Un GND está conformado por mínimo dos integrantes sin dependencia económica o carga familiar mutua, sin importar si tienen o no parentesco consanguíneo.
  • – En ambos casos, la jefatura está conformada por una persona, una pareja casada o por convivientes sin impedimento matrimonial, que tengan entre 18 y 40 años al momento de postular.
  • El ingreso mensual de la jefatura del GF o GND no debe superar en total los S/ 3,538.00.
  • Ningún integrante del GF o GND debe ser propietario o copropietario ni de un terreno, ni de una vivienda o sus aires independizados.
  • Ningún miembro del GF o GND debe haber recibido antes, o estar postulando para recibir, apoyo habitacional por parte del Estado como: FONAVI, ENACE, FMV S.A. y BANMAT.
  • Los jefes de cualquiera de los dos grupos no deben estar incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM).