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SUNAT: ¿Cómo registrar a mis trabajadores en planilla?

El empleador tiene un plazo de 72 horas después de que el trabajador inicio labores en el centro de trabajo, para realizar el registro del mismo en la planilla de empleados.
Por Infomercado Publicado: Últ. actualización: 23 mayo, 2023 20:15
3 minutos
sunat auditoría

Todas las personas que inician en el mundo laboral, desean obtener los beneficios pertinentes desde el día uno, por lo que es importante exigir el registro en planilla si perteneces al régimen privado. Sin embargo, se desconoce como se realiza este proceso, para ello en la siguiente nota te explicaremos todos los detalles de este importante registro que debe realizar tu empleador.

¿En qué consiste el registro de los trabajadores en planilla?

Este proceso consiste en el acto en el que el empleador ingresa a sus trabajadores a la planilla de registro de los trabajadores en el sistema de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y Aduanas (SUNAT). Tiene como objetivo garantizar a los empleados, los derechos laborales correspondientes.

¿Qué beneficios brinda?

El trabajador podrá incorporarse al régimen contributivo de la seguridad social, recibirá bonificaciones, utilidades, compensación por el servicio prestado, además de la asignación familiar y vacaciones.

¿Cuáles son los requisitos y pasos para realizar el registro?

Si es la primera vez que realizas el trámite deberás realizarlo en línea, además debes contar con tu Documento Nacional de Identidad (DNI) del empleador. Una vez tengas en claro ello, sigue los siguientes 12 pasos:

  • Primero debes ingresar a la página web de la SUNAT.
  • Luego haces clic en la opción operaciones en línea.
  • Se redirecciona el sistema y abre una pantalla donde te ofrece 2 opciones, en ella deberás escoger la opción trámites, consultas, declaraciones y normativas.
  • Después de seleccionar esta opción, te solicitarán la clave SOL, para que ingreses a tu cuenta en el sistema.
  • Debes registrar primero a la empresa para realizar luego el registro del trabajador.
  • Una vez hayas ingresado a tu cuenta del sistema SUNAT, deberás ubicarte en la parte izquierda de la pantalla y ubicar el T-REGISTRO, allí seleccionas registro del empleador, y acto seguido, registro.
  • Se abrirá la información de la empresa y aparecerá un botón que dice «alta», donde tendrás que hacer clic.
  • Completa la información de la empresa y el trabajador.
  • Ubícate nuevamente en el lado izquierdo de la pantalla y selecciona registro de trabajadores y luego de ello carga individual.
  • En lo que cargue la pantalla ingresa el número de identificación y presiona la tecla buscar, el sistema te arroja la información personal de forma automática
  • Allí deberás ingresar todos los demás datos que te solicita el sistema e ir dando al botón siguiente.
  • Es necesario que sepas que la información solicitada en básica pero relevante por lo que es necesario suministrarla sin omitir ninguna y finalmente presionas el botón aceptar.

¿Es obligatorio el registro en planilla?

Si el empleador no cumple con el registro del trabajador en la planilla durante las 72 horas de haber iniciado sus actividades laborales, estaría incurriendo a una infracción muy grave según el artículo 25 del Decreto Supremo 019-2006-TR modificado por el Decreto Supremo N°012-2013-TR, donde además se le impondría una multa de acuerdo a la escala que se encuentra en el artículo 48 de la norma mencionada anteriormente.

Cabe resaltar que, como en toda regla, hay excepciones y aquí son los empleados domésticos y los trabajadores eventuales de la construcción que no están obligados a estar en planilla.